viernes, 22 de febrero de 2013

SOLICITUD DE VACANCIA DEL REGIDOR PROVINCIAL DE HUAURA SERÁ VISTO POR EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES A FIN DE MES

Audiencia pública ha sido fijada para el 28 de febrero para que las partes sustenten sus alegatos orales 

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fijó para el último día de febrero del presente año la convocatoria de audiencia pública donde se ventilará el recurso de apelación interpuesto por Alex Alejandro Imán Ortíz contra el acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MPH que rechazó la solicitud de vacancia contra Jacobo Raúl Ávalos Dongo, regidor provincial del concejo provincial de Huaura.

La diligencia electoral empezará a las 09:00 a. m. del mencionado día, donde el pleno del JNE verá el expediente de Ávalos Dongo Nº J-2013-00165- Vacancia - Apelación, figura en el penúltimo lugar de de los que serán tratados en la fecha mencionada.
El expediente de apelación presentado por el ciudadano hualmayuno Alex Alejandro Imán Ortíz fue elevado al despacho del Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones, Roque Augusto Bravo Basaldúa, el 05 de febrero del presente año, por el alcalde provincial de Huaura, Santiago Yuri Cano La Rosa, de acuerdo al informe de la abogada Diana Carolina Capillo Portugal, en su condición de Sub gerente de Secretaria General de dicha comuna.

EL PETITORIO
Imán Ortíz acudió al JNE ante el rechazo de su pedido de vacancia por el concejo provincial de Huaura, toda que el peticionante considera que el regidor Jacobo Ávalos incurrió en violación de los alcances del artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades, textualmente en su segundo párrafo considera "los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro.."

El precisamente el regidor Ávalos habría realizado una acto que contravino la disposición en mención, de acuerdo a los testimonios firmados por el capataz de limpieza pública de la comuna huachana, Julio Chumbes Cavero, que confirmó que la mencionada autoridad impartió ordenes ejecutivas.

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