miércoles, 29 de octubre de 2014

MINEDU OTORGARÁ “BONO ESCUELA” A MÁS DE 35 MIL DOCENTES DESDE NOVIEMBRE

MINEDU otorgará «Bono Escuela» a más de 35 mil docentes desde noviembre (D. S. N° 287-2014-EF)


En virtud del Decreto Supremo N° 287-2014-EF que autoriza al Ministerio de Educación (MINEDU) otorgar el Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE), más de 35 mil maestros de primaria, nombrados y contratados, recibirán ese beneficio –que oscila entre mil y tres mil soles - a partir de noviembre. 

Los beneficiados, entre los que también figuran directores, serán aquellos docentes que actualmente laboran en las más de 8 mil escuelas públicas de primaria que han demostrado el mejor desempeño educativo durante el año 2014. 

Para tal efecto, el MINEDU ha seleccionado a más del 30% de escuelas con mejor desempeño en cada una de las regiones del país, Ese proceso fue realizado teniendo en cuenta a escuelas de similares características, considerando su ubicación geográfica, lengua originaria y otras condiciones de enseñanza. 

El también denominado "Bono Escuela" es una nueva herramienta de incentivos implementada bajo un modelo de gestión por resultados, que apunta a motivar y reconocer el esfuerzo de profesores y directores por obtener mejores resultados educativos. 

Las instituciones consideradas con mejor desempeño son aquellas que han demostrado mayores avances en el logro de aprendizajes según la Evaluación Censal de Estudiantes, así como en la retención de estudiantes de todos los grados de primaria y también las que hayan hecho el registro oportuno de información para la mejor gestión de sus centros educativos. 

El monto para cada caso será definido según los criterios y condiciones establecidos en la Guía Metodológica publicada en las normas legales del Diario El Peruano, junto con el Decreto Supremo. En ese documento se define el procedimiento de selección de las escuelas a ser reconocidas con el "Bono Escuela". 

Según el decreto, cada beneficiario solo podrá recibir un bono por año. Ese beneficio es excepcional, no tiene carácter remunerativo ni pensionable, por lo que no será incorporado a la remuneración mensual del personal. Tampoco forma base de cálculo para la asignación o compensación por tiempo de servicios ni estará afecto a cargas sociales. 

El MINEDU tiene previsto replicar esta herramienta en los años siguientes, razón por la cual ha sido incluida en el Proyecto de Ley de Presupuesto Público 2015, que será debatido en el Congreso de la República. El Decreto Supremo lleva la rúbrica del presidente Ollanta Humala Tasso, del ministro de Educación, Jaime Saavedra Chanduví y del ministro de Economía, Alonso Segura Vasi.

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