jueves, 24 de agosto de 2017

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES DESESTIMA EN ÚLTIMA Y DEFINITIVA INSTANCIA SOLICITUD DE VACANCIA DE BURGOMAESTRE DE SAYÁN

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QUEDÓ FIRME. En las primeras horas de la víspera, el Supremo Tribunal Electoral del país desestimó en última y definitiva instancia el pedido de vacancia formulado contra el burgomaestre distrital de Sayán, Félix Víctor Esteban Aquino, pues declaró infundado el recurso extraordinario interpuesto por el ciudadano Ludwin Edgar Samanez Ferrebu.

La decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fue plasmada en la Resolución Nº 283- 2017, por lo que lleva la firma del Pleno del Organismo Tutelar, luego de los momentos de tensión por los que habrá pasado Esteban Aquino tras la repentina presentación de la vacancia.

El JNE analizó que el "solicitante no ha indicado que el burgomaestre haya intervenido directamente, en calidad de adquirente o transferente de los bienes municipales, como persona natural. Asimismo, tampoco se le atribuye al alcalde que haya intervenido en la contratación con la empresa CONIESA E.I.R.L. por interpósita persona o de un tercero con quien el alcalde tenga un interés propio. En efecto, no se señala que la autoridad forme parte de la persona jurídica que contrató con la municipalidad, sea en calidad de accionista, director, gerente, representante o cualquier otro cargo. De otro lado, tampoco existe ningún medio de prueba que permita concluir que la empresa beneficiaria de la licitación pública esté integrada por familiares cercanos del alcalde, como sus padres, hermanos, hijos, cónyuge o conviviente, o que sean sus acreedores o deudores en alguna otra relación obligacional (interés directo). En resumen, no existe ninguna razón objetiva que determine que el alcalde tuviera un interés propio o directo en la contratación cuestionada, por consiguiente, no está probada la existencia del segundo elemento para la determinación de la causal atribuida".
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